24.05.21
La organización recuerda que al suscribir un contrato de crédito al consumo, ante el cierre de la empresa, la financiera debe dar cumplimiento al mismo
Dado el perjuicio económico que este hecho suponía en A.R.C, éste contactó con el Área de los Servicios Jurídicos de CONSUMUR, que, tras analizar el caso, interpuso una reclamación a la financiera, dado que el contrato suscrito era de crédito al consumo, quedando así vinculado a la prestación del servicio contratado.
Santander Consumer Finance, S.A, una vez analizada la documentación del expediente y acreditadas las condiciones contractuales con Ibesol Energía, S.L, propuso al reclamante formalizar un acuerdo en el que la financiera le cubría el mantenimiento durante cinco años, con un coste de 150 euros por mantenimiento, siendo un total de 750 euros, que será descontado del contrato de financiación que el reclamante mantiene vigente, reduciéndose el plazo de finalización del mismo.
CONSUMUR anima a los consumidores y usuarios que, como el caso de este asociado, considere que sus derechos están siendo vulnerados, a que contacten con la organización, a través del Teléfono de Atención al Consumidor y Usuario 968 22 30 82.